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jueves, 28 de noviembre de 2013

Planes de pensiones


Fiscalidad de las aportaciones

Fiscalmente, el límite anual de las reducciones en la base imponible del IRPF por aportaciones a planes de pensiones individuales, asociados y de empleo, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros que cubran el riesgo de dependencia, así como a mutualidades de previsión social se calcula de forma conjunta. Hasta un 56% en territorio común (modificable por la Comunidad Autónoma), 52% en Navarra, 49% en Guipúzcoa y 45% en Álava y Vizcaya.

El límite máximo de reducción será la menor de las siguientes cantidades, teniendo en cuenta que la base liquidable general no podrá ser negativa:

 - El importe de las aportaciones realizadas y como máximo 10.000 €/año hasta los 49 años inclusive y 12.500 €/año a partir de los 50 años.

 - El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. A partir de los 50 años, este porcentaje será del 50%.

Las cantidades aportadas que no hayan podido reducirse podrán serlo durante los cinco ejercicios siguientes.


Cobrar el Plan
Causas ordinarias:

Por jubilación:
Si no tienes acceso a la jubilación (por el hecho de no haber cotizado nunca a la Seguridad Social, etc.), la contingencia se entenderá producida a partir de la edad ordinaria de jubilación en el Régimen General (65 años, ascendiendo progresivamente hasta alcanzar los 67 años en 2027), en el momento en el que el partícipe no ejerza o haya cesado en la actividad laboral o profesional y no se encuentre cotizando para la contingencia de jubilación para ningún régimen de la Seguridad Social. No obstante, puede anticiparse la prestación, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos establecidos por la normativa aplicable, a partir de: 60 y 45 en caso de minusvalía.

Por incapacidad:
El plan puede hacerse efectivo en caso de ILT permanente para la profesión habitual, o incapacidad absoluta y permanente para cualquier tipo de trabajo, o gran invalidez.

Por fallecimiento: 
A instancia del heredero.

Causas extraordinarias:

Por enfermedad grave:
 - Cualquier dolencia física o psíquica que incapacite temporalmente para la ocupación o actividad habitual durante un periodo continuado mínimo de 3 meses y que requiera una intervención clínica de cirugía mayor en un centro hospitalario o tratamiento en el mismo.

 - Cualquier dolencia o lesión física o psíquica con secuelas permanentes que limiten parcialmente o impidan totalmente la ocupación o actividad habitual, requiera o no asistencia de otras personas.

Por desempleo de larga duración y ERE:
Cuando el partícipe se encuentre en situación legal de desempleo (no voluntario) siempre que esté inscrito en el INEM u organismo competente y no perciba prestaciones contributivas.
Si la empresa en la que trabajaba desaparece o el empresario se jubila o fallece, si es objeto de un despido por causas objetivas o si la empresa entra en un procedimiento concursal o ERE.

Fiscalidad de las prestaciones

Percepción de una renta:
El importe que se recibe en forma de renta está considerado como rendimiento del trabajo y, por lo tanto, está sujeto a retención. Las personas con discapacidad tendrán una exención de hasta 3 veces el IPREM.

Percepción de un capital:
En caso de que se cobre un capital, el 100% de los derechos consolidados se incluye en el IRPF como rendimientos del trabajo. No obstante, para aquellas aportaciones realizadas hasta el 31-12-2006, si han transcurrido más de 2 años entre la primera aportación al plan de pensiones y la fecha de jubilación (no es aplicable en caso de incapacidad), se mantiene la reducción del 40% de los derechos consolidados correspondientes a estas aportaciones, es decir, se tributa por el 60% de estos.

En caso de fallecimiento del partícipe durante el periodo en el que se realizan aportaciones, los beneficiarios tributarán por el capital o renta como rendimiento del trabajo, no por sucesiones y donaciones.



sábado, 7 de septiembre de 2013

Los grandes patrimonios invierten en SICAVs

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En 2011 el patrimonio de las SICAV era de 23.304 millones de €, aumentando en 2012 hasta los 23.618 millones de €.

Las SICAVs (Sociedad de Inversión de CApital Variable) son una figura de inversión colectiva, como los fondos de inversión, que tiene por objeto exclusivo la adquisición, tenencia, disfrute, administración en general y enajenación de valores mobiliarios y otros activos financieros.

Requisitos de constitución:

 - Número de accionistas: mínimo 100.
 - Capital mínimo inicial: 2.400.000 €. Si bien la sociedad podrá aumentar o disminuir hasta 10 veces su capital inicial.

Limitaciones:

- diversificación de activos,
- capital variable fijado estatutariamente,
- tutela y control de la CNMV y de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera: inscripción en el registro de la CNMV, autorización previa para determinadas modificaciones estatutarias y obligación de información mensual, trimestral y anual.

Ventajas:

 - En primer lugar fiscales, dado que gozan del régimen de instituciones de inversión colectiva (IIC), es decir, tienen las mismas ventajas fiscales que los fondos de inversión.

Las operaciones realizadas por la SICAV tributan al 1% en el Impuesto de Sociedades, si bien sus accionistas tributan por las plusvalías obtenidas, mediante reparto de dividendos o por venta de acciones, al tipo establecido para las rentas de capital, entre el 21 y el 27 %:
Hasta 6.000€/año….21 %
6.001 a 24.000€/año….25 %
A partir de 24.001€/año….27 %

 - Otro tipo de ventajas son la flexibilidad y la liquidez, el inversor ostenta el control político y estratégico pudiendo modificar la orientación de la inversión en cualquier momento, así como comprar o vender acciones siempre que se quiera (la SICAV cotiza en el MAB, Mercado Alternativo Bursátil).  La posibilidad de aumentar o disminuir hasta 10 veces su capital da solución a necesidades o excedentes de tesorería.  Además las SICAV admiten su pignoración para avalar la obtención de financiación.

martes, 20 de agosto de 2013

China vs. Emiratos

En marzo de este año elmundo.es advertía: “China pierde fuelle como la fábrica del mundo”.
El Premio Nobel de Economía Paul Krugman fue una de las primeras voces en observar la desaceleración de las inversiones chinas en el extranjero, cuyos principales intereses se centraban en los recursos naturales de Latinoamérica y África.

En 2012, la petrolera estatal china CNOOC compró la canadiense Nexen por  15.100 M$, una transacción que supuso la mayor adquisición de una empresa china en el exterior hasta el momento.

Sin embargo, la IDE (Inversión Directa en el Extranjero) de China, lleva dos años en retroceso:
2009……43.300 M$
2010……59.000 M$
2011……50.000 M$
2012……47.700 M$

También se frena por primera vez la IED (Inversión Extranjera Directa) en China:
2012.....116.000 M$ (descenso del 3,7% sobre año anterior)

Pero mientras las inversiones chinas decrecen, aumentan las inversiones árabes, en particular en Europa.

Tan solo en España, fondos de Emiratos Árabes Unidos (EAU) o el Golfo Pérsico han desembolsado recientemente 6.000 M€ en diversas operaciones societarias. Ipic (International Petroleum Investment Company), uno de los fondos soberanos de Abu Dhabi, pasó en febrero de 2011 de controlar el 47% de Cepsa al 100%, tras una Opa. Un mes más tarde, el holding adquiría el 6% de Iberdrola.

El sector financiero europeo, especialmente susceptible a la crisis, también resulta atractivo para este capital árabe: el fondo catarí Precision Capital ha comprado la filial de Dexia en Luxemburgo, gestora de activos, por 730 M€.

Además del sector financiero, los inversores árabes también han mostrado interés por ámbitos como el aeronáutico, el portuario (con inversiones en Marbella o Tarragona), o incluso las ligas de fútbol  profesional (a través de compra de clubes o indirectamente a través de patrocinios), recientemente Real Madrid CF: Fly Emirates, o FC Barcelona: Qatar Airways. 


China y Emiratos se ponen de acuerdo en dos cuestiones: la alfalfa y el desplome bursátil. ¿Por qué?

La alfalfa, el forraje, es clave para el desarrollo del sector primario de ambos países.

El Grupo Al Dahra Agriculture Company, de Abu Dhabi (EAU), tiene sede en España desde 2009, tras la compra de la mercantil aragonesa Desagro. El objeto social de Al Dahra es expandir la agricultura y la producción animal en los Emiratos, que tiene una amplia cabaña ganadera (principalmente camellos y ovejas). Aragón produce cerca del 60% de la alfalfa que se cultiva en nuestro país. En 2012 Al Dahra inició un proceso de expansión adquiriendo dos empresas forrajeras leridanas: Fapla y Alfapla, y fusionándose con una tercera: el Grupo Gaset, de esta forma se consolidaba como empresa líder en producción y suministro de forraje, productos frescos, productos lácteos y materias primas en el mercado regional de los Emiratos.

También en 2012, el Ministerio de Agricultura chino se interesó en la homologación de 6 compañías deshidratadoras aragonesas, ante la necesidad de mejorar la calidad de sus productos lácteos y de la leche en polvo para bebés, debido a su creciente demanda.

Dos economías emergentes: China y Emiratos, que contra todo pronóstico protagonizan desplomes bursátiles. Crecen a ritmos vertiginosos: en pocos años las empresas chinas aumentan exponencialmente sus % de ventas, mientras que los Emiratos levantan áreas de negocios y financieras de varios km de longitud. Y sin embargo el exceso de inversión en poco espacio de tiempo aumenta el riesgo de rentabilidad futura negativa. El crecimiento, si no se gestiona de forma ordenada, con adaptación progresiva de sistemas, empresas y empleados, puede provocar errores operativos y contables, incluso fraudes.


En 2009 Dubai World, fondo soberano encargado de faraónicos proyectos inmobiliarios como The Palm Trilogy, pedía una moratoria para pagar sus deudas.

Últimos cierres:

Shanghai Stock Exchange (SSE): 5.657,70
Dubai Financial Market (DFM): 2.670, 43
Abu Dhabi Securities Exchange (ADX): 3.921,00
Riyal Qatari (QAR): 10.065,20

martes, 7 de mayo de 2013

Oro: claves de la caída

Este pasado mes de abril se ha producido una sorprendente bajada en el precio del oro.
No es la primera vez que ocurre, ya en los años 70, con la crisis del petróleo, se vivió una situación similar.
Goldman Sachs y Societe Generale vienen vaticinando "El fin de la era del oro" en base a la recuperación de la economía de EEUU y al fortalecimiento del dólar.

Un artículo de John Cassidy para el New Yorker desvela 6 teorías para tratar de explicar la caída del oro. Entre las más verosímiles It´s just a correction: la venta por parte de especuladores y de un amplio sector de la población que necesita cash; y el "factor miedo": aumenta la compra de oro en tiempos de crisis como valor refugio, y disminuye, como ya ocurrió en los años 70, cuando se entiende que lo peor de la crisis ha pasado.


El New Yorker también advierte que China, cuyo PIB ha crecido 3 puntos menos de lo previsto, puede ser otro factor a tener en cuenta.

Otras voces hablan de la influcencia de la crisis de Chipre: obligada a vender reservas de oro para minorar el impacto de su rescate.