martes, 30 de septiembre de 2014

Póliza de crédito, póliza de afianzamiento


El contrato de afianzamiento mercantil está supeditado a la voluntad de las partes y su uso práctico radica en el afianzamiento global de un importe crediticio en una entidad financiera, sin entrar en una distribución concreta. El afianzamiento mercantil se eleva a público mediante comparecencia notarial y suele tener un límite máximo afianzado y una relación de garantías prestadas por parte de los intervinientes.

A efectos prácticos, una póliza de afianzamiento mercantil funciona como aval indeterminado de una serie de operaciones de préstamo presentes o futuras: es el marco para dar cobertura a líneas de avales, líneas de descuento, líneas de Comex, etc.

Una póliza de crédito es una fórmula de financiación muy habitual de las empresas, que funciona a la vez como c/c y préstamo con vencimiento a tiempo determinado. Permite disponer y amortizar crédito en función de nuestras necesidades diarias.

Una póliza de crédito admite cargos y abonos como cualquier cuenta corriente, puede presentar saldo deudor (saldo negativo a favor del banco) por el límite en el que tengamos concedido, o saldo acreedor, por el que el banco abona un interés acreedor.

El coste financiero suele ser elevado: comisión de apertura, c. de estudio, interés deudor, interés excedido, c. de saldo medio no dispuesto, c. cancelación.


lunes, 15 de septiembre de 2014

Declarar el alquiler



Hacienda pretende cruzar los datos aportados por inquilinos y propietarios, o valorar el consumo eléctrico de supuestas viviendas vacías. Si detecta el fraude que supone no declarar el alquiler: no permitirá  al propietario aplicar beneficios fiscales y le impondrá una sanción, reclamándole los impagos más intereses de demora.

Para los propietarios:existen deducciones y reducciones en el IRPF, éstas últimas si se trata de primera vivienda para el inquilino.
Deducciones:
- intereses y gastos de financiación por la compra de la vivienda así como por los enseres cedidos con la vivienda, como el mobiliario.
- impuestos y tasas estatales que incidan sobre los rendimientos o la vivienda: IBI, tasa por limpieza, recogida de basuras o alumbrado, vado y gastos de comunidad
- gastos de formalización del arrendamiento y los de defensa del carácter jurídico de la vivienda.
- gastos de conservación, mantenimiento y reparación (no ampliación o mejora): pintura y otros arreglos estéticos; reparación o sustitución de elementos defectuosos, como ventanas, calefacción o instalación eléctrica.
- contratos de seguro (de RC, incendio, robo, rotura de cristales u otros de naturaleza análoga).
- cantidades destinadas a servicios o suministros (luz, agua, gas, teléfono).
- la amortización del inmueble y los bienes que contenga (cerca del 3% del valor de construcción por el desgaste del mismo).
- los gastos de administración, cuidado de jardines, vigilancia, portería y otros servicios relacionados con la finca.

Reducciones:
Del 100%: si los arrendatarios tienen entre 18-30 años y sus rendimientos netos son mayores que el IPREM; o si los arrendatarios tienen entre 18-35 años, sus rendimientos netos son mayores que el IPREM y el contrato de alquiler es anterior al 01/01/2011. En el resto de casos del 60%.

Estas reducciones no son aplicables a los arrendamientos de viviendas vacacionales o alquileres de temporada por turismo. Tampoco a los alquileres con servicio de hostelería incluido. Sí se incluyen las viviendas alquiladas a estudiantes entre septiembre y junio, ya que se considera un periodo lo suficientemente amplio como para desvincularlo de un arrendamiento de temporada.

Tras la reforma fiscal a partir del uno de enero de 2015 tendrá que conformarse con el 50% de desgravación, independientemente de la edad del arrendatario.

Para los inquilinos:

Con el objetivo de fomentar el alquiler se equiparó la deducción para los inquilinos a la compra de vivienda. Así, el arrendatario podrá deducirse un 10,05% de los importes con un máximo de 9.040 € para rentas de hasta 17.707,20 € anuales. A partir de ese tope el porcentaje deducción irá decreciendo.

Esta deducción continúa para los contratos firmados y por firmar antes de 1 de enero de 2015, pero los nuevos inquilinos no se podrán desgravar en su declaración de la renta de 2016 si su contrato se firmó después del 1 de enero de 2015.


martes, 26 de agosto de 2014

Adaptación del autónomo a la LOPD

 
La LOPD y su normativa de desarrollo se aplican en el ámbito de los datos de carácter personal.
En general todos los autónomos están obligados a implantar la LOPD en su sistema de tratamiento de datos. No estarían sujetos a la LOPD aquellos autónomos que no traten ningún dato de carácter personal en el ámbito de su trabajo (sin empleados, sin clientes ni pre-clientes particulares, sin sistema de video-vigilancia, sin obligación de guardar documentación con datos personales).
Las obligaciones del autónomo en el marco de la LOPD, son exactamente las mismas que las de cualquier empresa u organización que tratase datos de carácter personal:
-          Implantar las medidas técnicas y organizativas que garanticen los derechos de los afectados: cumplimiento de los principios de la LOPD; facilitar el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
-          Implantar las medidas técnicas y organizativas que garanticen la seguridad de los datos: cumplimiento de las medidas de seguridad en función del tipo de ficheros y datos que maneje
-          Disponer del documento de seguridad y anexos obligatorios.
-          Regular los tratamientos de datos realizados por terceros, así como las posibles cesiones de datos.
-          Inscribir debidamente los ficheros ante el Registro General de Protección de Datos.
Las claves:
-          Concienciación del autónomo de que maneja datos de carácter personal.
-          Adecuado análisis de la situación y conciliación de objetivos.
-          Recibir la información necesaria para la puesta en marcha de las medidas.
-          Asesoramiento adecuado para asegurar el cumplimiento normativo.

domingo, 10 de agosto de 2014

Andorra, el paraíso de los Pirineos



76.089 hab. en 2013, PIB=3.822 mill.$ en 2010. En 2008 se contagiaba de la crisis en el sector inmobiliario de su vecino del sur, dejando ver algunas deficiencias de su sistema: p.ej. al carecer de subsidio de desempleo en la actualidad al menos 100 familias acuden diariamente a comedores sociales de Cáritas. Para hacer frente al fuerte endeudamiento de la Administración, y dado que no pueden emitir deuda pública, están implementando un moderno sistema impositivo similar al de cualquier país de la UE: el IGIC equivalente al IVA, Impuesto de Sociedades e IRPF.

Andorra no es un miembro de pleno derecho en la Unión Europea pero desde 1990, goza de una relación especial y es tratado como si fuera parte de ella para el comercio en bienes manufacturados (exonerados de impuestos) y como no miembro de la UE para los productos agrícolas.

Tradicionalmente Andorra ha sido un país agrícola y ganadero aunque, desde la década de los 50, el sector primario ha ido perdiendo importancia. La producción agrícola está limitada, ya que sólo el 2% de la tierra es cultivable, plantándose tabaco en la casi totalidad de sus campos. En el sector secundario predominan las industrias de transformación (cigarrillos, puros y muebles) e industrias primarias. Actualmente el sector terciario representa, según estimaciones, el 80% del PIB andorrano, siendo el turismo el sostén principal de la economía andorrana. Nueve millones de personas la visitan anualmente, atraídas por su condición de paraíso fiscal, sus estaciones de esquí y el diferencial de precios en el comercio respecto de los países vecinos, aunque éste último se ha erosionado recientemente mientras las economías francesa y española se han abierto proporcionando una disponibilidad más amplia de bienes y tarifas más bajas. En el año 2005, el país recibió a 11.049.490 visitantes de los cuales el 57,2% eran españoles, el 39,8% franceses y sólo un 3,0% venían de otros países.

El sector financiero, constituido por 5 entidades bancarias (Credit Andorrà, Mora Banc, Banca Privada d´Andorra) pertenecientes a la Asociación de Bancos Andorranos, y a su vez miembro de la Federación Bancaria de la Unión Europea también contribuye sustancialmente a la economía gracias al secreto bancario. Sin embargo, debido a la presión ejercida por Nicolas Sarkozy, que amenazó con dimitir como jefe de Estado andorrano si Andorra continuaba considerada paraíso fiscal, el 10 de marzo de 2009, el gobierno andorrano firmó la Declaración de París con Francia para, en la cumbre londinense del G-20, dejar de ser considerado paraíso fiscal por la OCDE.

Andorra, por el momento, ha firmado tratados de intercambio de información fiscal con Austria, Mónaco, Liechtenstein, San Marino, Francia, Bélgica, España.