La nueva ley de emprendedores pretende ser un impulso para la actividad económica y la creación de empleo, si bien, como es obvio, no todo el mundo reúne el espíritu emprendedor ni el perfil adecuado para montar una empresa.
El anteproyecto de ley, que entrará en vigor en seis meses, presenta las siguientes líneas estratégicas de actuación:
-Facilitar la cultura y la iniciativa emprendedora (desde el ámbito educativo).
-Apoyos fiscales y de Seguridad Social a los emprendedores.
-Apoyo a la financiación de los emprendedores.
-Fomento del crecimiento empresarial y de la contratación laboral.
-Favorecer la internacionalización de la empresa y la economía españolas.
Principales medidas:
Agilidad: se eliminan trámites y aparece la esperada ventanilla única (se unifican las tres administraciones: local, autonómica y nacional). Límite 48 h. para constituir una empresa.
Financiación: principal escollo. Se solventa con una nueva línea ICO, con el desarrollo de mercados alternativos especializados en deuda de empresa, y con un nuevo plan de pago a proveedores de la Administración.
Mayor protección jurídica: la vivienda habitual, hasta 300.000 €, queda fuera de responsabilidad (para deudas con acreedores privados, no con la Administración). Se habilita el mecanismo denominado de "2ª oportunidad": negociación extrajudicial de deudas ágil y eficaz destinado a emprendedores en situación de desequilibrio económico (con posibilidad de quitas, igualmente sólo en deudas con acreedores privados).
Internacionalización: fomenta tanto la búsqueda de negocio fuera de nuestras fronteras, como la entrada de inversores y emprendedores extranjeros.
Incentivos fiscales: reducción de cuotas a la Seguridad Social (para pluriempleados que se hayen dados de alta tanto en régimen general como autónomos) y reducción del tipo impositivo en el IS e IRPF, también deducciones por reinvertir los beneficios en la propia empresa y deducciones al mecenas o "business angel". Tampoco habrán de abonar el IVA no cobrado, con limitaciones (a 31 de diciembre deberá estar satisfecho).
La acogida en general ha sido positiva, si bien los empresarios lo que esperan es que se abra el ansiado grifo de la financiación desde el sector bancario, para retomar proyectos que hoy por hoy se hayan en el cajón.
lunes, 27 de mayo de 2013
viernes, 17 de mayo de 2013
Gasolineras "low cost"
Proliferan en los últimos meses y amenazan con recuperar cuota de mercado a las tradicionales. Hasta 2011, el 50 % del mercado se hallaba concentrado en manos de únicamente tres mercantiles. Esta situación ha cambiado. Desde 250.000 € cualquiera puede acceder a una franquicia de gasolinera low cost. Sólo ha de preocuparse de elegir una buena ubicación. Tal vez pueda solicitar el traspaso de una estación de servicio tradicional, muchas han cerrado debido en gran parte al menor consumo detectado desde el inicio de la crisis. Este tipo de gasolineras obtiene un precio más bajo por los menores gastos de personal y de gestión, estando sometidas a los mismos controles de seguridad.
El Gobierno pretende facilitar el acceso a nuevos operadores y acabar con la falta de competencia y su repercusión en el precio, después de un duro informe de la CNC (Comisión Nacional de la Competencia).
La CNC denuncia que somos uno de los países de Europa con un precio más elevado de carburante, antes de impuestos (aunque estos suponen ya un 47 % del PVP). Además de una falta de competencia visible en el aumento de márgenes de beneficio o en el llamado efecto lunes: consiste en una bajada de precios el lunes, día en el que se informa a la Unión Europea sobre los mismos, con una posterior subida a lo largo de la semana.
El Gobierno pretende facilitar el acceso a nuevos operadores y acabar con la falta de competencia y su repercusión en el precio, después de un duro informe de la CNC (Comisión Nacional de la Competencia).
La CNC denuncia que somos uno de los países de Europa con un precio más elevado de carburante, antes de impuestos (aunque estos suponen ya un 47 % del PVP). Además de una falta de competencia visible en el aumento de márgenes de beneficio o en el llamado efecto lunes: consiste en una bajada de precios el lunes, día en el que se informa a la Unión Europea sobre los mismos, con una posterior subida a lo largo de la semana.
martes, 14 de mayo de 2013
Contrato único
El contrato único es una medida propuesta por la Comisión Europea para frenar el desempleo, disminuir las diferencias entre contratos fijos y temporales, y acabar con las más de 43 modalidades de contrato laboral que existen en la actualidad en España (a favor de este último aspecto, la mayoría de los expertos y la CEOE).
Todos los contratos pasarían a ser indefinidos, desapareciendo eso sí el despido improcedente.
Las causas de despido estarían tipificadas, dejando poca o ninguna discrecionalidad a los jueces.
La posible inconstitucionalidad que argumenta el Gobierno, podría venir por el hecho de no hacer distinción entre indemnización para contratos temporales e indefinidos, este escollo se salvaría con la introducción del concepto de "indemnización creciente" en función del número de años trabajado. Pero sobre todo, la inconstitucionalidad podría venir por la protección jurídica de que goza el contrato laboral en España, debido a la causalidad del contrato, protección que desaparecería en el caso del contrato único, que no permite al trabajador acogerse a una causa para defender su contrato en sede judicial.
La medida ha puesto de acuerdo a todos los agentes sociales: la patronal ve atrevido el contrato, y Gobierno, oposicion y sindicatos lo rechazan (elmundo.es).
Todos los contratos pasarían a ser indefinidos, desapareciendo eso sí el despido improcedente.
Las causas de despido estarían tipificadas, dejando poca o ninguna discrecionalidad a los jueces.
La posible inconstitucionalidad que argumenta el Gobierno, podría venir por el hecho de no hacer distinción entre indemnización para contratos temporales e indefinidos, este escollo se salvaría con la introducción del concepto de "indemnización creciente" en función del número de años trabajado. Pero sobre todo, la inconstitucionalidad podría venir por la protección jurídica de que goza el contrato laboral en España, debido a la causalidad del contrato, protección que desaparecería en el caso del contrato único, que no permite al trabajador acogerse a una causa para defender su contrato en sede judicial.
La medida ha puesto de acuerdo a todos los agentes sociales: la patronal ve atrevido el contrato, y Gobierno, oposicion y sindicatos lo rechazan (elmundo.es).
domingo, 12 de mayo de 2013
¿Vende o alquila piso? Pida su certificado energético
A partir del 1 de junio será obligatorio para vender y alquilar una vivienda. Las viviendas llevarán una etiqueta similar a la de los electrodomésticos. La etiqueta deberá aparecer en todos los anuncios, ofertas, promociones y publicidad.
Lo clasificará según un código de color y una letra –del verde al rojo y
de la A a la G-, siendo la A la calificación más alta (mayor
ahorro) y la G, la más baja (mayor gasto).
El "certificado energético" describirá las características energéticas del edificio: envolvente térmica, instalaciones térmicas y de iluminación, condiciones normales de funcionamiento y ocupación, condiciones de confort térmico, lumínico, calidad de aire interior y demás datos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética del edificio (BOE 13/04/2013).
La medida afecta a viviendas o edificios de viviendas. Quedan exluidos aquellos alquileres que tengan una duración inferior a 4 meses.
A favor:
- En el espíritu de la norma, movilizar a un sector de profesionales especialmente castigado por la crisis, procedentes del sector de la construcción. Sólo podrán emitirlo titulados superiores como arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos.
- Además, también en el citado espíritu de la norma, minimizar el déficit energético de que adolece España, obligada a importar energía de otros países (gas de Argelia, uranio de Rusia). El consumo energético de una vivienda (agua, luz, gas) se puede abaratar hasta un 70 %. Con lo cual podría llegar a tener evidentes repercusiones prácticas en el disminución del gasto familiar.
- La validez temporal del certificado será como máximo de 10 años. Cuando el valor de una tasación es de sólo 3 meses.
En contra:
- Obtener una calificación mínima no impedirá su venta. El valor del certificado es por tanto moral. Su aplicación dependerá de la interiorización, por parte del público general, de la importancia de este certificado, para que se llegue a convertir en un factor relevante a la hora de decidirse por una vivienda y no otra. Hecho que podría comportar importantes diferencias en la factura de la luz, gas. etc.
- Su coste oscilará entre 200 y 300 €, en función de los m2 y el CP. No parece un impedimento a la venta, pero sí es una traba más para un muy ralentizado mercado inmobiliario. En la actualidad 1,5 años es el tiempo de espera, de media, para conseguir vender una casa en España.
El "certificado energético" describirá las características energéticas del edificio: envolvente térmica, instalaciones térmicas y de iluminación, condiciones normales de funcionamiento y ocupación, condiciones de confort térmico, lumínico, calidad de aire interior y demás datos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética del edificio (BOE 13/04/2013).
La medida afecta a viviendas o edificios de viviendas. Quedan exluidos aquellos alquileres que tengan una duración inferior a 4 meses.
A favor:
- En el espíritu de la norma, movilizar a un sector de profesionales especialmente castigado por la crisis, procedentes del sector de la construcción. Sólo podrán emitirlo titulados superiores como arquitectos, arquitectos técnicos, ingenieros e ingenieros técnicos.
- Además, también en el citado espíritu de la norma, minimizar el déficit energético de que adolece España, obligada a importar energía de otros países (gas de Argelia, uranio de Rusia). El consumo energético de una vivienda (agua, luz, gas) se puede abaratar hasta un 70 %. Con lo cual podría llegar a tener evidentes repercusiones prácticas en el disminución del gasto familiar.
- La validez temporal del certificado será como máximo de 10 años. Cuando el valor de una tasación es de sólo 3 meses.
En contra:
- Obtener una calificación mínima no impedirá su venta. El valor del certificado es por tanto moral. Su aplicación dependerá de la interiorización, por parte del público general, de la importancia de este certificado, para que se llegue a convertir en un factor relevante a la hora de decidirse por una vivienda y no otra. Hecho que podría comportar importantes diferencias en la factura de la luz, gas. etc.
- Su coste oscilará entre 200 y 300 €, en función de los m2 y el CP. No parece un impedimento a la venta, pero sí es una traba más para un muy ralentizado mercado inmobiliario. En la actualidad 1,5 años es el tiempo de espera, de media, para conseguir vender una casa en España.
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