martes, 14 de junio de 2016

Funciones del presidente de la comunidad


El cargo de presidente de una comunidad es obligatorio para todos los propietarios. De forma rotatoria o mediante elección, esta figura debe ser nombrada entre los propietarios para el buen funcionamiento de una comunidad.

Se trata del máximo representante de la comunidad y, como tal, lo hará en todos aquellos asuntos que afecten a la misma. El cargo de presidente de la comunidad es irrenunciable, según establece la Ley de Propiedad Horizontal. Aunque, como siempre, hay excepciones: enfermedad, edad muy avanzada, incapacidad… Sin embargo, no es tarea sencilla, ya que para que un propietario no ejerza su labor como presidente tendrá que solicitarlo ante un juez que determine si existen causas justificables para liberarle de su obligación. 

Duración y nombramiento del cargo

Lo común es que el cargo se extienda por un año, aunque esta duración dependerá de lo que indiquen los estatutos, que pueden incluso prolongar la actividad de presidente en una misma persona -siempre que los propietarios y el presidente estén de acuerdo-.

El nombramiento del presidente se debe realizar por primera vez en el acta de constitución de la Comunidad y, en las ocasiones sucesivas, en las juntas ordinarias que se celebren.

Funciones del presidente de la comunidad

Forma junto al Administrador, el Secretario y la Junta de propietarios los cuatro órganos gestores de una  Comunidad.
La Junta de propietarios hace la elección reunida en convocatoria ordinaria o extraordinaria, por mayoría de entre los candidatos que se presenten.

 ¿Qué funciones o atribuciones tiene un Presidente? Derechos y obligaciones.
        a) Representar a la Comunidad en todos los asuntos que le afecte.
        b) Convocar Junta ordinaria al menos una vez al año.
        c) Presidir las Juntas tanto ordinarias como extraordinarias.
        d) Ejercitar las acciones judiciales que acuerde la Junta ordinaria.
        e) Exigir el pago por vía judicial a los propietarios deudores.
        f) Visar los gastos y presupuestos.
        h) Hacer cumplir los acuerdos de la Junta.



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