miércoles, 16 de noviembre de 2016

Animales en el contrato de alquiler

Modelo de cláusula de prohibición de animales, en este caso “peligrosos":

– se prohíbe la tenencia de animales peligrosos en el piso, salvo previo permiso expreso por escrito del arrendador. (Ocu.es)

Modelo de cláusula de admisión de animales:

–  en su caso la tenencia de animales, peligrosos o no, se enmarcará dentro de los límites que establezcan los Estatutos por los que se rige la Comunidad de Propietarios, y que el arrendatario deberá conocer, obligándose a cumplirlos. A su vez la tenencia de animales devengará inexcusablemente la obligación por parte del arrendatario de acometer una limpieza general de la vivienda al término del contrato, sea cual sea el estado de la misma, y cuyo coste se deducirá del depósito de la fianza. Ésta limpieza se ejecutará por parte de una empresa profesional de servicios de limpieza, elegida de común acuerdo con el arrendador. (Aff Asesoría)

                        La contravención de cualquiera de estas obligaciones, constatada por el arrendador, constituirá causa de resolución del contrato, al igual que el resto de causas de resolución previstas en la ley o en el presente contrato.

Los estatutos de la comunidad de vecinos pueden recoger la prohibición de animales de compañía en la finca. Sin embargo esta norma se puede impugnar en tanto priman los derechos individuales del dueño del animal.

La Ley de Propiedad Horizontal no prohíbe la tenencia de animales domésticos en las viviendas. Sin embargo, los ayuntamientos pueden limitar el número de animales que se pueden acoger en una casa. Y la legislación de las comunidades autónomas, desarrolla el concepto y requisito para declarar un espacio como núcleo zoológico.

Las propias normas de convivencia de las comunidades de vecinos recogen qué se admite y qué no. Entre las responsabilidades de los dueños se encuentra el evitar que molesten a otros propietarios, e incluso a otras mascotas. En las zonas comunes, por ejemplo, no deben molestar ni estar sueltos; deben estar debidamente censados y, por tanto, registrados en el ayuntamiento de la localidad; si algún vecino lo requiere, deberán mostrar las cartillas de vacunación; se puede acordar incluso que no utilicen el ascensor y, en caso de que ensucien espacios comunes la responsabilidad será del dueño que deberá limpiarlo. 

 

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