Obras
mayores.
Todas las obras mayores, derribo, cambio de uso
característico, rehabilitación integral, obra nueva y elementos de urbanización
adscritos al edificio, requerirán Proyecto de Ejecución Visado y Certificado
Final de Obra Visado según queda bien definido en los artículos 2.1. y 2.2. de
la LOE.
Obras
menores que requieren proyectos técnicos visados.
- Obras de intervención parcial o total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico artístico que afecten a los elementos o partes objeto de protección.
- Obras de refuerzo estructural en la edificación.
- Obras de reforma interior de viviendas y locales que intervengan en la estructura.
- Obras de Reforma o Derribo de tabiquería en el interior de viviendas o locales con estructura sustentante de madera.
- Obras para la instalación de nuevos ascensores.
- Obras de mejora de la accesibilidad como instalación de rampas, plataformas elevadoras y salva escaleras que afecten de forma relevante a la estructura.
- Obras en fachadas en las que se modifique la composición exterior o los materiales de acabado.
- Obras de cubiertas en los que se modifique la envolvente o cualquier elemento estructural.
- Proyectos/Certificados de grúas, andamios y montacargas.
- Proyectos de legalización de las obras señaladas en los puntos anteriores.
- Certificados Finales de Obra de todos los proyectos señalados en los puntos anteriores.
Manuel
Sagastume. Decano Presidente COAVN.
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