jueves, 1 de agosto de 2013

Cláusulas suelo y preferentes

Cláusulas Suelo (en adelante CS) y Preferentes lastran hoy los beneficios de las entidades financieras. Obligadas éstas a anular las CS de las hipotecas y a reintegrar a los inversores el dinero invertido en Preferentes, con matices.

La Cláusula Suelo en una hipoteca es el porcentaje mínimo de interés que se aplicará a las cuotas que el prestatario tenga que pagar. Esto significa que el % de las hipotecas lo compondrán 3 factores: Euribor + Diferencial + CS. Siendo el Diferencial el beneficio que obtienen los bancos. La CS limita la variación del tipo de interés: aunque baje el Euribor, el hipotecado siempre abonará el tipo de interés mínimo pactado.


El Banco de España recuerda la legalidad de estas cláusulas, a pesar de que el TS las haya declarado nulas en los casos en que no se informase correctamente al usuario de su existencia. «El notario recabará del prestatario su expresión manuscrita de haber sido advertido de este riesgo derivado del contrato».

Qué hacer ante una Cláusula Suelo: BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco ya las han anulado con efecto 9 de mayo. Si su hipoteca no pertenece a estas entidades, pero reúne alguna de las siguientes causas de nulidad reconocidas por el TS, puede acudir a los tribunales:

 1.  que la hipoteca tuviera apariencia de préstamo con interés variable (puesto que el prestatario no se beneficia siempre de una caída del Euribor).
 2.  falta de información suficiente de que se trata de un elemento definitorio del contrato. 
 3.  la fijación de un suelo tiene como contraprestación inescindible la fijación de un techo. 
 4.  que se diluya la atención del consumidor, no habiéndole informado correctamente.
 5.  la ausencia de simulaciones que reflejen cómo afectan al cliente diferentes comportamientos del Euríbor. 
 6.  la no advertencia previa, clara y comprensible, del coste comparativo con otros productos de la entidad.


Las Preferentes son un producto financiero híbrido entre la renta fija y variable, dado que no son deuda exigible al no tener vencimiento determinado como las obligaciones, pero tampoco se pueden considerar acciones al carecer de los derechos políticos intrínsecos de las mismas.

En la práctica eran productos financieros que funcionaban con normalidad, con un interés ligeramente superior al de los IPF (imposiciones a plazo fijo). La suscripción y reintegro se efectuaban a través de órdenes de compra-venta entre particulares lanzadas en Mercados Secundarios (MS). A raíz del estallido de la crisis económica estos MS dejan de ser dinámicos, y la CNMV toma cartas en el asunto instando a las entidades a deshacerse de este tipo de productos: en la mayoría de los casos son canjeados por acciones.

Para rescatar una inversión en Preferentes tiene 2 vías: arbitraje y/o sede judicial (ver entrada: arbitraje). Entidades como Bankia, con 182.579 solicitudes de arbitraje recibidas, ya provisionan fondos para atender los laudos favorables.

Según lasexta.com: se calcula que sólo entre BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco podrían perder hasta 620 millones de euros al año con la eliminación de estas CS.“Si el acceso al crédito hipotecario ya estaba restringido, ahora se va a endurecer todavía más”, asegura Fernando Encinar, jefe de Estudios de Idealista.com

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