Los particulares, las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios podrán solicitar financiación a
través de la Línea Ico Empresas y Emprendedores 2015
para rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas (IVA
o impuestos análogos incluidos).
Se podrán financiar las
inversiones que se hayan realizado previamente a la firma de la operación,
siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2014.
Desde la fecha de firma de la
operación el cliente dispondrá de un año para realizar la inversión objeto de
financiación.
Dónde se puede solicitar la
financiación
En cualquiera de las Entidades de
Crédito que colaboran con el ICO en este producto. Se puede consultar el
listado completo de entidades a las que se puede dirigir en el apartado “Dónde
solicitar” que figura en la ficha de producto www.ico.es
La Entidad de Crédito en la que
se presente la solicitud decidirá sobre la concesión de la financiación.
La Entidad de Crédito podrá
solicitar las garantías que estime oportunas salvo aval de la SGR o SAECA.
La Entidad de Crédito no aplicará
ninguna comisión al cliente, salvo la de amortización anticipada voluntaria que
con carácter general será del 2,50% sobre el importe cancelado cuando la vida
residual de la operación sea superior a un año y del 2% cuando ésta sea inferior
o igual a un año.
Plazo de amortización y carencia
·
1
año con 0 ó 1 año de carencia de principal
·
2
años con 0 ó 1 año de carencia de principal
·
3
años con 0 ó 1 año de carencia de principal
·
4
años con 0 ó 1 año de carencia de principal
·
5
años con 0 ó 1 año de carencia de principal
·
7
años con 0 ó 1 año de carencia de principal
·
10
años con 0 ó 1 año de carencia de principal
·
12
años con 0 ó 2 año de carencia de principal
·
15
años con 0 ó 2 año de carencia de principal
·
20
años con 0 ó 2 año de carencia de principal
Tipo de interés del préstamo
Se podrá elegir entre un tipo de
interés fijo o variable:
·
Para
operaciones a plazo igual a 1 año: tipo Fijo o Variable, más un margen de hasta
2,30 %.
·
Para
operaciones a plazo de 2, 3 ó 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen de
hasta 4,00%.
·
Para
operaciones a un plazo superior a 4 años: tipo Fijo o Variable, más un margen
de hasta 4,30%.
En el apartado “Tipos de Interés”
que figura en la ficha del producto en www.ico.es podrá consultar el tipo final
máximo para el cliente (TAE), según el plazo y la modalidad escogida, que se
puede aplicar a las nuevas operaciones que se formalicen dentro de esta Línea.
Estos tipos de interés se actualizan con carácter quincenal.
Si la operación se formalizó a
tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de
Crédito de acuerdo con lo establecido el contrato de financiación.
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