jueves, 9 de mayo de 2013

Solicitar o no solicitar el arbitraje para clientes de preferentes Bankia

La mayoría de voces autorizadas recomiendan solicitar el arbitraje. La fecha límite es el 30 de junio. Hasta la fecha, 29.095 de los 200.000 clientes preferentistas ya lo han solicitado (14,5 %).
La solicitud se puede recoger en oficinas de la entidad o bien descargar de la web: www.bankia.com, y se entrega en la propia oficina. El plazo para obtener una resolución es de 6 meses. La resolución consistirá en una cifra, se puede aceptar o no. Si el cliente acepta la resolución renuncia a la vía judicial. O puede no aceptar el laudo y pasar a sede judicial. También se puede abandonar el procedimiento de arbitraje en cualquier momento.


El cálculo de esa cifra se hará en base a la inversión inicial, minorada en posibles quitas en función a la emisión, y descontados los intereses cobrados por encima del stándard para un depósito a 12 meses.
Serán atendidas con prioridad inversiones inferiores a 10.000,00 €.

Ventajas:
El arbitraje es gratuito, no requiere abogado.
Es rápido.
No es imcompatible con la vía judicial.
Sí se puede solicitar por empleados o ex-empleados de la entidad.
Se puede solicitar después de haber firmado el canje por acciones, incluso después de haber vendido éstas.

En la solicitud se pueden hacer las alegaciones que se estimen oportunas y adjuntar toda la documentación relevante al caso. En cuanto a las alegaciones: circunstancias personales tales como edad, grado de minusvalía, porcentaje del patrimonio que supone la inversión en preferentes, perfil inversor, adecuación o no del producto financiero. En cuanto a la documentación: extractos, contratos, test de conveniencia, órdenes de compra, documentación acreditativa de las circunstancias personales alegadas, etc.

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